Democracia Deliberativa

por Alexsandro M. Medeiros

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publicado en: nov. 2021

versión en Portugués

            Una de las formas de ejercer la Democracia Participativa es la llamada democracia deliberativa, para enfatizar los diferentes procesos de participación pública en la toma de decisiones, durante la fase de deliberación. En este escenario de deliberación participativa, la sociedad civil organizada juega un papel central como interlocutores de las autoridades públicas. La democracia deliberativa defiende que el ejercicio de la ciudadanía se extiende más allá de la mera participación en el proceso electoral, exigiendo una participación más directa de los individuos en el dominio de la esfera pública, en un proceso continuo de discusión y crítica reflexiva de las normas y valores sociales. El concepto de esfera pública que veremos con más detalle a continuación es un concepto clave para la democracia deliberativa. La esfera pública es un lugar de deliberación comunicativa, un espacio donde los individuos interactúan, debaten las decisiones tomadas por las autoridades políticas, generando una red de procedimientos comunicativos. Los temas sociales y colectivos deben ser objeto de apreciación de todos, considerando que, en una sociedad democrática, la esfera pública (física o virtual)[1] está dominada por el discurso y la argumentación.

            Aristóteles fue el primer gran teórico en defender el valor de un proceso en el que los ciudadanos pudieran discutir públicamente y justificar sus leyes entre sí. En su obra La Retórica (ARISTÓTELES, 2005, 1358b - 1369b), Aristóteles ya señalaba tres géneros de discurso: el deliberativo (o político) donde los oyentes son los miembros de una asamblea; el judicial (o judiciario o forense), en el cual el oyente es un juez; y lo epidíctico (o laudatorio o demostrativo) donde el oyente es el espectador. El discurso deliberativo, que es lo que aquí nos interesa, "incluye los discursos que deben presentarse en asambleas y lugares institucionalmente dispuestos para la elaboración de decisiones que conciernen a la vida pública y la actividad política de la ciudad" (DONINI; FERRARI, 2012, p. 271 – traducción nuestra). Reboul (2004, p. 47 – traducción nuestra) presenta la siguiente tabla que resume la teoría de Aristóteles sobre los géneros discursivos, destacando que “el mérito de Aristóteles fue mostrar que los discursos se pueden clasificar según la audiencia y el propósito”:

            Pero, aunque Aristóteles pensó en esta forma de “deliberación”, prefirió la aristocracia, es decir, una forma de democracia donde los deliberantes pudieran ser más competentes y las deliberaciones más refinadas.

 

John Stuart Mill, el defensor más prominente del "gobierno por discusión" en el siglo XIX, es considerado, con razón, como una de las fuentes de la democracia deliberativa. Pero también siguió prefiriendo que esta discusión sea guiada por los más educados […] Más que cualquier otro teórico, Jürgen Habermas es responsable de traer la idea de deliberación a nuestros tiempos, y de darle una base más cuidadosa. democrático (GUTMANN; THOMPSON, 2004, p. 25 – traducción nuestra).

 

            Dentro de una concepción discursiva, comunicativa y deliberativa inaugurada por Habermas, ésta se constituye, según Luchmann (2002), como un modelo caracterizado por un conjunto de supuestos teórico-normativos, que incluyen la participación de la sociedad civil que va más allá de la mera participación a la hora de votar. Esta es la idea de democracia deliberativa

 

basándose en las ideas de Jurgen Habermas, defiende que el proceso electoral por sí solo no garantiza la legitimidad de las acciones y decisiones públicas. Dentro de su modelo de democracia, las decisiones políticas serán legítimas si se basan en una voluntad pública concebida democráticamente en estructuras desreguladas y desprovistas de relaciones de poder, denominadas “esfera pública”. Corresponde a estas esferas públicas influir en el sistema político (VIGLIO, 2004, p. 09 – traducción nuestra).

 

            En la democracia deliberativa, la legitimidad de las decisiones políticas resulta de procesos de discusión, guiados por algunos principios, que van desde la inclusión hasta la participación igualitaria, que Luchmann destaca a partir de las ideas de teóricos como Habermas y Joshua Cohen. Además de Habermas, la idea de una democracia deliberativa se inspira en el pensamiento de Joshua Cohen, Charles Sabel y James Bohman. Actualmente, la idea de una democracia deliberativa ha sido ampliamente discutida y debatida por investigadores de las ciencias humanas y sociales, como una alternativa a los límites e impasses creados por el modelo del sistema democrático representativo, a menudo utilizando como referencia teórico el modelo deliberativo propuesto por Habermas en su teoría de la acción comunicativa (AVRITZER, 2000; LUBENOW, 2010; VIZEU; BIN, 2008; WERLE, 2013), Joshua Cohen o James Bohman (FARIA, 2000).

            Desde Habermas podemos hablar de tres principios de una “ética de la acción comunicativa”: a) regla de inclusión (cualquier sujeto capaz de actuar y hablar puede participar en los discursos); b) regla de participación (Todos y cada uno de los participantes en un discurso pueden problematizar cualquier enunciado, introducir nuevos enunciados, expresar sus necesidades, deseos y convicciones); c) regla de comunicación libre de violencia y coacción (Ningún interlocutor podrá ser impedido, por fuerzas internas o externas del discurso, de hacer pleno uso de sus derechos, garantizados en las dos reglas anteriores).

            Por otro lado, los tres principios básicos de Cohen para el establecimiento de condiciones para la libre discusión racional entre ciudadanos iguales son (LUCHMANN, 2002): a) el principio de inclusión deliberativa (todos son ciudadanos con los mismos derechos y por tanto ningún criterio de orden social, político, religioso o económico puede usarse para excluir a cualquier individuo de un proceso de deliberación pública); b) el principio del bien común (el debate deliberativo debe apuntar a la concertación de prioridades sociales, con miras a promover un bien común, como la justicia social); c) el principio de participación (se suma al principio de inclusión, que garantiza la participación de todos los miembros en un debate, el derecho al voto y la argumentación).

            La democracia deliberativa mantiene la posibilidad de un diálogo permanente: una decisión es siempre provisional en el sentido de que debe ser cuestionada en algún momento del futuro. No podemos estar seguros de que la decisión que creemos que es correcta hoy será la correcta mañana: la historia lo ha demostrado una y otra vez. Incluso las decisiones que parecen correctas en un momento dado pueden parecer menos justificables a la luz de pruebas posteriores.

           Para Luchmann (2002), la democracia deliberativa incluye procesos de justificación y debate público entre ciudadanos libres y en igualdad de condiciones de participación con el Poder Público. La ciudadanía y los representantes electos deliberan, de manera racional y argumentativa sobre temas públicos, en un proceso público de decisión colectiva, en la esfera pública.

 

Esfera Pública

            Habermas hace un análisis sociológico e histórico del concepto de esfera pública en su Structural Change of the Public Sphere (1984), que presenta un esbozo rudimentario de una teoría de la democracia o política deliberativa cuyo concepto central es el principio de uso público de la razón. Una comprensión más profunda del concepto de esfera pública, su historia, autores principales y concepciones diversas se puede encontrar en: Gomes (1998, 1999), Maia (2002) y Keane (1996) quien realiza una tipología de los tipos de esfera pública marcada por:

 

(1) microesferas públicas, lugares para reuniones comunitarias para debatir temas colectivos (en una sala literaria, por ejemplo); (2) esferas públicas medianas, que ya alcanzarían el nivel del Estado-nación y sus millones de interesados, a través de los vehículos de comunicación; y (3) macroesferas públicas (las disputas, en la concepción de Keane, llegarían a miles de millones de personas, a nivel supranacional, debido a la expansión de las empresas de comunicación, que ya no se limitan al espacio nacional, y los avances tecnológicos, produciendo lo que él llama "audiencia mundial ficticia") (apud MARQUES, 2006, p. 174 – traducción nuestra).

 

            En un sentido amplio, Gomes (2006, p. 56 – traducción nuestra) entiende la esfera pública:

 

1) como dominio de lo público, es decir, de lo que se puede hablar sin reservas y en circunstancias de visibilidad social (...); 2) la esfera pública como la arena pública, es decir, como el lugar de discusión de temas de interés común conducidos por los agentes sociales; 3) la esfera pública como espacio público, es decir, como un locus donde temas, ideas, información y personas se presentan al conocimiento general, sin necesariamente ser discutidos; 4) la esfera pública como dominio discursivo abierto, es decir, como conversación civil; 5) esfera pública como interacción social, como sociabilidad.

 

        Respecto al filósofo alemán Jürgen Habermas, Lubenow (2010) destaca cómo el concepto de esfera pública y política deliberativa se expande en la obra Derecho y Democracia (HABERMAS, 1997), componiendo una especie de espacio social de mediación entre el Estado y el sistema. político y administrativo y los sectores privados del mundo de la vida. La esfera pública es un espacio de comunicación y deliberación pública

La esfera pública constituye una "caja de resonancia", dotada de un sistema de sensores sensibles al ámbito de toda la sociedad, y tiene la función de filtrar y sintetizar temas, argumentos y aportes, y transportarlos al nivel de procesos institucionalizados de resolución, de  introducir en el sistema político los conflictos existentes en la sociedad civil, con el fin de influir y dirigir los procesos de regulación y circulación del poder en el sistema político, a través de una apertura estructural, sensible y porosa, anclada en el mundo de la vida (2010, p. 236 – traducción nuestra).

          La esfera pública es el locus, el espacio donde se desarrolla la “praxis discursiva de legitimación” (WERLE, 2013, p. 151), donde los ciudadanos, libres e iguales, presentan sus demandas.

            El principio formal de deliberación indica quién debe y cómo debe participar, pero no especifica qué contenido debe ser objeto de deliberación en la esfera pública considerada como un espacio irrestricto de acción comunicativa.

 

Cualquier tema o asunto cuestionable puede ser tratado públicamente, en la que los contornos de la esfera pública se forjan en los procesos de elección, circulación y propuesta de temas, y los contenidos normativos se llenan en función de quién controla o guía los flujos de comunicación que aparecen en la esfera pública (LUBENOW, 2010, p. 247 – traducción nuestra).

 

            Hoy en día, es necesario considerar cómo internet expande la dimensión de la esfera pública y las redes sociales funcionan como las nuevas ágoras en línea (LEMOS; LÉVY, 2010). Esta expresión “ágoras en línea” se refiere a la organización política de la Antigua Grecia donde el ágora (plaza pública) representaba el lugar de debate y discusión. A través de estas nuevas ágoras en línea, los ciudadanos pueden, de alguna manera, participar en los asuntos públicos. “Internet no solo te permite comunicarte más, mejor y más rápido; sino que amplía formidablemente el espacio público y transforma la naturaleza misma de la democracia” (CARDON, 2012, p. 01 – traducción nuestra). Se habla de esfera pública virtual (MARQUES, 2016; OLIVEIRA, 2012) o esfera pública interconectada - esfera pública interconectada (BENKLER, 2006; DINIZ; RIBEIRO, 2012) que constituyen el nuevo locus para la formación de opiniones y debates desarrollados en listas de discusión y foros online abiertos a cualquier usuario, un espacio de toma de decisiones o un canal alternativo para incentivar la participación ciudadana. En este proceso se destacan las redes sociales como Facebook, Twitter o canales de vídeo como Youtube, donde surgen nuevos actores sociales en estos públicos virtuales, donde se realizan movilizaciones, deliberaciones y toma de decisiones. Medeiros (2013, p. 28 – traducción nuestra) entiende las redes sociales como espacios de colaboración con una estructura capaz de promover una mayor participación política, sostener una mejor mediación entre la ciudadanía y las acciones políticas y potenciar “la participación política de los actores que, en ausencia de los dispositivos de interacción y de tecnología para el debate y la opinión pública, probablemente estarían fuera de la posibilidad de lidiar con procesos deliberativos”.

            Las redes sociales posibilitan que un gran número de actores sociales contribuyan potencialmente al debate político y público frente a esta nueva arena de discusión de ideas y difusión de información y, en algunos casos, como verdaderos politólogos. La rapidez con la que la world wide web permite publicar información relevante para un asunto específico de interés público hace posible participar en hechos vinculados al dominio público en tiempo real, sin importar cuán distante pueda estar sucediendo un evento, al menos compartir puntos de vista y opiniones o contribuir con información relevante para presionar a los gobiernos y / o autoridades. No se puede negar que internet y las redes sociales se configuran como un espacio de discusión política que posibilita el debate y, posiblemente, la toma de decisiones que se reflejarán directamente en la esfera pública “real”.

            Penteado y Avanzi (2013), tras realizar un estudio sobre cómo se puede entender internet como un espacio público virtual a través del análisis de publicaciones en la página pública de Facebook, por la exministra y entonces candidata a la presidencia de la República, Marina Silva, sobre la aprobación del controvertido Nuevo Código Forestal que generó fricciones generalizadas en el Congreso Nacional, concluyó que, a pesar del potencial de las entrevistas en la world wide web sirviendo como espacio de discusión política en línea, es necesario considerar que un modelo de la democracia deliberativa es un proceso mucho más amplio y no se puede confundir con la mera conversación o cualquier discusión.

 

Muchos teóricos enfatizan la gran importancia del argumento libre para que ocurra la deliberación. Internet y el propio Facebook cuentan con recursos que podrían, en muchos sentidos, superar las supuestas "crisis" de representación que viene sufriendo la democracia contemporánea (como creen los ciberpositivistas), sin embargo, no hemos observado su uso para mejoras reales en aspectos políticos o democráticos (2013, p. 17 – traducción nuestra).

 

            Y más adelante: “Maia (2007) no cree que internet esté fomentando un debate deliberativo a través de foros virtuales, sino que en realidad estaría preparando a la ciudadanía para debates más exigentes” (apud PENTEADO; AVANZI, 2013, p. 17 – traducción nuestra).

            Por tanto, no podemos ser demasiado optimistas sobre el papel que pueden desempeñar las nuevas tecnologías en el proceso de deliberación política, ni debemos esperar que, con el tiempo, nuevas y más elaboradas formas de utilizar la tecnología permitan un uso más amplio y pleno en el campo político y democrático.

 

Justificación Racional y Procedimiento Deliberativo

            La democracia deliberativa afirma la necesidad de justificar la decisión de los ciudadanos y sus representantes. Se espera que ambos justifiquen las leyes que se impondrían mutuamente. Su primera y más importante característica, entonces, es su exigencia de justificación. Los “agentes” de la democracia deliberativa deben saber justificar las leyes bajo las cuales deben convivir.

            Las prácticas de justificación racional y legitimación política se ven obstaculizadas por el pluralismo ideológico, ético, religioso, político y de cosmovisión. Además, la lógica de las relaciones políticas no siempre sigue la lógica de un discurso dirigido a la comunidad, por el contrario, son expresiones del pensamiento de los individuos que articulan estrategias de acción con el fin de obtener el mejor resultado posible para lograr objetivos particulares deseados y, en este caso, la práctica argumentativa presentada en la esfera pública no sería más que una racionalización del propio interés, cuya función es persuadir a los demás y no la búsqueda de un consenso que se aplique para todos.

            Debe considerarse que las prácticas de justificación racional y legitimación política no se llevan a cabo sin conflictos, en gran parte por el pluralismo mencionado anteriormente, que van desde los conflictos de interés hasta los conflictos éticos, religiosos y culturales. Conflictos que hacen de la esfera pública democrática un campo tenso y de confrontación. Además de ser un espacio de conflicto, la esfera pública también puede ser un espacio de manipulación (movida por el dinero o el poder).

            Lo que pretende la democracia deliberativa es que los discursos de justificación racional puedan depender de una práctica dialógica, argumentativa, orientada a la comprensión, libre de manipulación o coerción. Tales son los supuestos pragmáticos para una teoría del discurso y la argumentación: la ausencia de restricciones externas o internas sobre la estructura de la argumentación. Desde el punto de vista de la democracia deliberativa, “los discursos de justificación racional ya no dependen de la autoridad de alguien, ni son la posesión privada de algunos iluminados por la verdad, sino que comienzan a desarrollarse en la esfera pública” (WERLE, 2013, p. 151 – traducción nuestra).

            En la modernidad, la posibilidad de legitimación a través del uso público de la razón, considerando el vínculo inseparable entre razón y libertad, ya fue señalada por los filósofos contratualistas y también formulada por el filósofo alemán Immanuel Kant, para quien la razón debe someterse en cualquier empresa a la crítica, bajo pena de perjudicarla a sí misma, al realizar cualquier tipo de ataque al libre uso de la razón: una decisión racional debe ser un acuerdo entre ciudadanos libres donde cada uno pueda expresar sus ideas y ejercitar sus críticas sin trabas.

            El filósofo alemán Jürgen Habermas, en cambio, propone una forma de justificación racional más allá de la política como mero juego de intereses y disputa por el poder, desarrollando una concepción procedimental de la política deliberativa orientada al entendimiento mutuo. El procedimiento deliberativo (paradigma procesal) tiene como objetivo justificar decisiones basadas en razones que puedan ser aceptadas por todos, o al menos por la mayoría, proporcionando un "espectro de razones que podrían ser aceptadas por todos los posibles afectados, aunque no todos compartan con el tema o asunto en cuestión, o con la misma filosofía de vida” (LUBENOW, 2010, p. 245 – traducción nuestra).

           Al considerar la participación ciudadana en las deliberaciones y toma de decisiones como un elemento central del proceso democrático, la democracia deliberativa requiere una mayor participación ciudadana en este proceso, lo que implica la promoción de una cultura política de participación democrática.

 

Consideraciones Finales

            Uno de los objetivos de la democracia deliberativa es promover la legitimidad de las decisiones colectivas, incentivar la participación popular en los asuntos públicos, promover procesos de toma de decisiones mutuamente respetables, ayudar a corregir los errores de toma de decisiones de la ciudadanía y de los agentes públicos, ya que todos somos susceptibles de cometer errores al tomar decisiones colectivas.

            ¿Cómo tomar decisiones legítimas para la sociedad en su conjunto, ante el desacuerdo y las opiniones divergentes? No es solo que las personas puedan estar en desacuerdo entre sí, sino que algunos desacuerdos pueden ser bastante razonables, incluso cuando no representan la opinión de la mayoría. Cuando los ciudadanos no están de acuerdo en temas como la moralidad del aborto, la pena de muerte, el financiamiento de campañas, ¿cómo se llega a un acuerdo? En este caso, puede suceder que algunos desacuerdos no puedan resolverse mediante deliberación en ningún momento. Sin embargo, los gobiernos deben tomar decisiones. ¿Cómo deberían decidir? Como se trata de una concepción relativamente nueva, varias cuestiones permanecen abiertas y a la espera de su posible discusión, so pena de contradecir la concepción deliberativa misma. ¿Cómo se puede desarrollar y aplicar una teoría de la democracia en las condiciones de sociedades modernas, complejas y plurales? ¿Cómo pueden los ciudadanos influir en el sistema político, a través de procesos de formación de opinión y voluntad colectiva? Aún quedan muchas preguntas por responder.

 

Referências Bibliográficas

ARISTÓTELES. Retórica. Prefácio e introdução de Manuel Alexandre Jr. Tradução e notas de Manuel Alexandre Jr., Paulo Farmhouse Alberto e Abel do Nascimento Pena. Lisboa: Imprensa Nacional / Casa da Moeda, 2005. (Obras Completas).

AVRITZER, Leonardo. Teoria democrática e deliberação pública. Lua Nova, n. 50, p. 25-46, 2000. Acessado em 24/01/2016.

BENKLER, Yochai. The wealth of networks: how social production transforms markets and freedom. USA: Yale University Press, 2006.

CARDON, Dominique. A democracia internet: promessas e limites. Tradução de Nina Vincent e Tiago Coutinho. Rio de Janeiro: Forense Universitária, 2012.

DINIZ, Eduardo H.; RIBEIRO, Manuella Maia. O conceito de esfera pública interconectada e o site “webcidadania” no Brasil. Gestão & Regionalidade, v. 28, n. 83., mai-ago, 2012. Acesso em 20/10/2016.

DONINI, Pierluigi; FERRARI, Franco. O exercício da razão no mundo clássico: perfil de filosofia antiga. São Paulo: Annablume Clássica, 2012. (Coleção Archai: as origens do pensamento ocidental)

FARIA, Cláudia Feres. Democracia deliberativa: Habermas, Cohen e Bohman. Lua Nova, n. 50, p. 47-68, 2000.

GOMES, W. Esfera pública política e media: com Habermas, contra Habermas. In: RUBIM, A.; BENTZ, I.; PINTO, M. (ed.). Produção e recepção dos sentidos mediáticos. Petrópolis: Vozes, 1998, p. 155-185.

______. Esfera pública política e media II. In: RUBIM, A.; BENTZ, I.; PINTO, M. (ed.). Práticas discursivas na cultura contemporânea. Porto Alegre: Unisinos, 1999, p. 203-231.
 
GOMES, Wilson. Apontamento sobre o Conceito de Esfera Pública Política. In: MAYA, Rousiley; CASTRO, Maria Céres P. S. Mídia, Esfera Pública e Identidades Coletivas. Belo Horizonte. Ed. UFMG, 2006.
 
GUTMANN, Amy; THOMPSON, Dennis. Why Deliberative Democracy? Princeton: Princeton University Press, 2004. (tradução do primeiro capítulo do livro de Bruno Oliveira Maciel).
 
HABERMAS, Jürgen. Direito e democracia: entre facticidade e validade. Tradução de Flávio B. Siebeneichler. Rio de Janeiro: Tempo Brasileiro, 1997, v. 1. 354 p. Título original: Faktizität und Geltung: Beiträge zur Diskurstheorie des Rechits und des demokratische Rechitstaats, 1992.
 
____. Mudança estrutural da esfera pública. Tradução de Flávio R. Kothe. Rio de Janeiro: Tempo Brasileiro, 1984. 397 p. Título original: Strukturwandel der Öffentlichkeit, 1961.
 
KEANE, J. Transformações estruturais da esfera pública. Comunicação & Política, v. 3, n. 2, p. 6-29, 1996.
 
LEMOS, André; LÉVY, Pierre. O futuro da internet: em direção a uma ciberdemocracia planetária. São Paulo: Paulus, 2010.
 
LUBENOW, Jorge Adriano. Esfera pública e democracia deliberativa em Habermas: modelo teórico e discursos críticos. Kriterion, Belo Horizonte, vol. 51, n. 121, p. 227-258, jun./2010. Acessado em 24/01/2016.
 
LÜCHMANN, Lígia Helena Hahn. Possibilidades e limites da democracia deliberativa: a experiência do orçamento participativo de Porto Alegre. Tese (Doutorado em Ciências Sociais). Instituto de Filosofia e Ciências Humanas da Universidade Estadual de Campinas. Campinas-SP, 2002.
 
MAIA, R. Democracia e internet como esfera pública virtual: aproximando as condições do discurso e da deliberação. In: MOTTA, L. G. (ed.). Estratégias e culturas da comunicação. Brasília: Editora da UnB, 2002, p. 107-128.
 
MARQUES, Francisco Paulo J. A. Debates políticos na internet: a perspectiva da conversação civil. Opinião Pública, Campinas, vol. 12, n. 1, p. 164-187, abr.-mai., 2006. Acesso em 21/10/2016.
 
MEDEIROS, Jackson da Silva. Considerações sobre a esfera pública: redes sociais na internet e participação política. TransInformações, Campinas, vol. 25, n. 1, p. 27-33, jan./abr. 2013. Acesso em 23/10/2016.
 
OLIVEIRA, José Aparecido de. Redes sociais e participação política na esfera pública. Revista de Economía Politica de las Tecnologias de la Información e de la Comunicación, vol. XIV, n. 1, p. 1-13, ene-abr, 2012. Acesso em 20/10/2016.
 
PENTEADO, Claudio L. de C.; AVANZI, Clarice. Redes Sociais e Participação Política: estudo do debate sobre o novo Código Florestal no Facebook. V Congresso da Associação Brasileira de Pesquisadores em Comunicação e Política: GT de Comunicação e sociedade civil. Curitiba-PR: 8 a 10 de maio de 2013. Acesso em 22/10/2016.

REBOUL, Olivier. Introdução à retórica. 2. ed. São Paulo: Martins Fontes, 2004.
 
VIGLIO, José Eduardo. Avaliação da experiência do Orçamento Participativo numa cidade média: o caso de Jaboticabal – SP. Dissertação (Mestrado em Engenharia Urbana). Centro de Ciências Exatas e de Tecnologia da Universidade Federal de São Carlos. São Carlos-SP, 2004. [hiperlink (in)disponível]
 
VIZEU, Fábio; BIN, Daniel. Democracia deliberativa: leitura crítica do caso CDES à luz da teoria do discurso. RAP – Revista de Administração Pública, vol. 42, n. 1, p. 83-108, jan./fev. 2008.
 
WERLE, Denilson Luis. Razão e democracia – uso público da razão e política deliberativa em Habermas. Trans/Form/Ação, Marília, v. 36, Edição Especial, p. 149-176, 2013. Acessado em 24/01/2016.

 


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[1] En el siglo XXI, ya no podemos hablar de democracia, considerando solo los espacios “físicos” de debates y discusiones políticas, como las Asambleas Legislativas, el Congreso Nacional, etc. Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación como Internet dieron lugar a un nuevo concepto en el ámbito político: la idea de una CiberDemocracia.

 

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Bibliografia sobre democracia deliberativa

 

BOHMAN, J. Public Deliberation, Compexity, and Democracy. London: MIT Press, 1996.

BOHMAN, J.; REHG, W. Deliberative Democracy. Cambridge: MIT Press, 1997.

COHEN, Joshua. Deliberation and Democratic Legitimacy. In: HAMLIN, Alan; PETTIT, Philip (Ed.). The Good Polity: Normative analysis of the State. Oxford/New York: Basil Blackwell, 1989. p. 17-34.

DRYZEK, J. Deliberative Democracy and Beyond. Oxford: Oxford Univ. Press, 2000.

ELSTER, J. (Ed.) Deliberative Democracy. Cambridge: Cambridge Univ. Press, 1998.

FISHKIN, J.; LASLETT, P. Debating Deliberative Democracy. Stuttgart: GB Verlag, 2002.

FISHKIN, J. Democracy and Deliberation. New Haven: Yale. 1991.

GUTMANN, A.; THOMPSON, D. Democracy and Disagreement. Harward Univ. Press, 1994.

GASTIL, J.; PETER, L. The Deliberative Democracy Handbook. WJS Verlag, 2005.

ROSENFELD, M.; ARATO, A. Habermas on Law and Democracy. University of California Press, 1998.

WERLE, Denílson; MELO, R. Democracia deliberativa. Singular, 2007.



Leia mais: https://www.portalconscienciapolitica.com.br/ciber-democracia/democracia-deliberativa/

Bibliografia sobre democracia deliberativa

 

BOHMAN, J. Public Deliberation, Compexity, and Democracy. London: MIT Press, 1996.

BOHMAN, J.; REHG, W. Deliberative Democracy. Cambridge: MIT Press, 1997.

COHEN, Joshua. Deliberation and Democratic Legitimacy. In: HAMLIN, Alan; PETTIT, Philip (Ed.). The Good Polity: Normative analysis of the State. Oxford/New York: Basil Blackwell, 1989. p. 17-34.

DRYZEK, J. Deliberative Democracy and Beyond. Oxford: Oxford Univ. Press, 2000.

ELSTER, J. (Ed.) Deliberative Democracy. Cambridge: Cambridge Univ. Press, 1998.

FISHKIN, J.; LASLETT, P. Debating Deliberative Democracy. Stuttgart: GB Verlag, 2002.

FISHKIN, J. Democracy and Deliberation. New Haven: Yale. 1991.

GUTMANN, A.; THOMPSON, D. Democracy and Disagreement. Harward Univ. Press, 1994.

GASTIL, J.; PETER, L. The Deliberative Democracy Handbook. WJS Verlag, 2005.

ROSENFELD, M.; ARATO, A. Habermas on Law and Democracy. University of California Press, 1998.

WERLE, Denílson; MELO, R. Democracia deliberativa. Singular, 2007.



Leia mais: https://www.portalconscienciapolitica.com.br/ciber-democracia/democracia-deliberativa/

Sugestões Bibliográficas sobre democracia deliberativa

BOHMAN, J. Public Deliberation, Compexity, and Democracy. London: MIT Press, 1996.

BOHMAN, J.; REHG, W. Deliberative Democracy. Cambridge: MIT Press, 1997.

COHEN, Joshua. Deliberation and Democratic Legitimacy. In: HAMLIN, Alan; PETTIT, Philip (Ed.). The Good Polity: Normative analysis of the State. Oxford/New York: Basil Blackwell, 1989. p. 17-34.

DRYZEK, J. Deliberative Democracy and Beyond. Oxford: Oxford Univ. Press, 2000.

ELSTER, J. (Ed.) Deliberative Democracy. Cambridge: Cambridge Univ. Press, 1998.

FISHKIN, J.; LASLETT, P. Debating Deliberative Democracy. Stuttgart: GB Verlag, 2002.

FISHKIN, J. Democracy and Deliberation. New Haven: Yale. 1991.

GUTMANN, A.; THOMPSON, D. Democracy and Disagreement. Harward Univ. Press, 1994.

GASTIL, J.; PETER, L. The Deliberative Democracy Handbook. WJS Verlag, 2005.

ROSENFELD, M.; ARATO, A. Habermas on Law and Democracy. University of California Press, 1998.

WERLE, Denílson; MELO, R. Democracia deliberativa. Singular, 2007.